Cambio
Nueva enmienda para exportadores
La Comisión Europea presentó en octubre de 2025 la enmienda COM(2025)652 para ajustar el Reglamento EUDR, manteniendo su núcleo ambiental. Se prevé su entrada en vigor para el 30 de diciembre de 2025, con seis meses de gracia para facilitar la transición técnica, especialmente con el sistema digital. Aunque se flexibilizan procedimientos para algunos actores, los exportadores en países de riesgo moderado, como Colombia, siguen sujetos al cumplimiento completo de la norma.
La enmienda introduce una declaración simplificada para pequeños productores de países de bajo riesgo, permitiendo un solo registro por campaña. Esta facilidad no aplica a países de riesgo estándar, que deben mantener el esquema completo de trazabilidad y geolocalización. Esto ha generado críticas de sectores agrícolas que reclaman reconocimiento a prácticas sostenibles más allá de la clasificación de país.
Debida diligencia es mas que geolocalización...
La enmienda no altera el corazón legal del reglamento: todo producto debe ser libre de deforestación desde diciembre de 2020 y cumplir con la legislación nacional del país de origen. La diligencia debida sigue incluyendo análisis de riesgo, geolocalización de fincas, y verificación documental previa a la exportación. Estos principios siguen aplicando para todos, sin distinción por riesgo moderado.
Exportadores colombianos, por ejemplo, deben seguir documentando lote a lote, asegurando que cada embarque cumple con los requisitos de legalidad y sostenibilidad. El reglamento establece sanciones por incumplimiento que incluyen bloqueos de mercado, decomisos y multas, lo cual obliga a una preparación técnica rigurosa para mantener el acceso a la UE.
La enmienda busca equilibrio entre cumplimiento y ambición climática
La propuesta generó reacciones divididas. Europa valora la reducción de carga burocrática para operadores secundarios y los plazos extendidos. Mientras tanto, países exportadores con riesgo moderado expresan frustración por no beneficiarse de las simplificaciones, pese a mostrar avances en sostenibilidad y monitoreo territorial.
Organizaciones ambientales celebran que la Comisión mantenga firmes los estándares, alertando sobre riesgos de diluir la norma. La CE afirma que la enmienda busca equilibrio: facilita cumplimiento sin debilitar la ambición climática. La implementación efectiva dependerá de cooperación internacional, digitalización y apoyo al pequeño productor.
¿Quien debe presentar la Debida diligencia?
Los operadores "aguas abajo" ya no deben presentar declaraciones si transmiten el código del proveedor inicial, aliviando trámites en la UE. No obstante, los operadores en origen, especialmente de riesgo moderado, conservan toda la carga de diligencia. En Colombia, los exportadores deben continuar liderando la trazabilidad y documentación completa desde el primer día.
Las micro y pequeñas empresas agrícolas tendrán hasta diciembre de 2026 para cumplir plenamente con el EUDR. Este plazo extendido busca apoyar a actores rurales con menores recursos. Sin embargo, expertos advierten que sin asistencia técnica y financiamiento, muchos no lograrán cumplir, especialmente en territorios con limitada conectividad o acceso a herramientas de geolocalización.
